La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió restituir a Santiago Nieto la candidatura al Se...
Redacción
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió restituir a Santiago Nieto la candidatura al Senado de la República por Morena.
El proyecto presentado por el Magistrado Felipe Fuentes Barrera examinó el requisito legal de residencia desde una perspectiva constitucional y cómo afecta el derecho a ser votado.
“(Santiago Nieto) nació en la Ciudad de México por un hecho jurídico, pero por un acto jurídico la familia lo registró en Querétaro, específicamente en San Juan del Río. Según el análisis constitucional, la residencia debe estar vinculada con el lugar de origen, y el demandante ha demostrado claramente esa conexión con el estado.
“Se examinaron los requisitos presentados ante el INE, evidenciando el cumplimiento de la residencia a través de documentos como Credencial de Elector, Constancia de residencia y documentos de estudios en Querétaro. Además, aunque el actor ha trabajado en la Ciudad de México y recientemente en Hidalgo, esto no afecta lo establecido en el artículo 1 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro”, precisa el documento.
Dicha ley indica que la residencia no se pierde si la persona se traslada a otro lugar para desempeñar actividades laborales u oficiales. En consecuencia, tanto en términos de nacimiento como de residencia, Santiago Nieto cumple con ambos requisitos en el marco legal.
“Se tiene la presunción de conservar su residencia efectiva en un determinado territorio en que se ha asentado, con independencia de ejercer un cargo en el servicio público federal fuera de la entidad”, determinó la Sala.
El PAN Querétaro había impugnado la candidatura del extitular de la Unidad de Inteligencia Financiera porque presuntamente no acreditó su residencia en la entidad y la Sala Regional Toluca le dio la razón y canceló el registro; sin embargo, hoy por mayoría de votos de los magistrados de la Sala Superior resolvieron a favor del morenista, pues consideraron que la Sala Regional calificó de manera indebida el cumplimiento del requisito de elegibilidad.
En su cuenta de X, el candidato de Morena publicó: “Cuento con residencia efectiva, por la constancia expedida por el ayuntamiento de SJR (San Juan del Río) y porque la credencial de elector acredita la residencia, en el caso concreto, en MI casa, un inmueble del cual soy copropietario. Señores del PRIAN, los sanjuanenses nacemos donde nos da la gana”.
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